lunes, 16 de septiembre de 2013

Relectura de “Las contradicciones de la sociedad punitiva” de David Garland.-

I.- Introducción: Nuestro margen en los últimos tiempos en la Ciudad de Corrientes, asumiendo el encierro institucional producto del sistema penal durante todo el 2.012 y primer semestre del año en curso, comparte a grandes rasgos con el observable de la política criminal en Gran Bretaña de finales de la década de los ´90, no solo en el sentido de que la política penal es mensurable por su “punitividad”, sino también porque ésta comparte, aunque parcialmente, los mismos orígenes y estrategias de adaptación (como discursos legitimantes/racionalizadores de actuación propios de sus agencias en etapa de criminalización secundaria y, particularmente, en la de ejecución penal)                       


                        El Servicio Penitenciario de la Provincia de Corrientes tiene un Comando y seis (6) unidades: Dos de condenados varones (UP 1 “Penal de la Capital, con capacidad para 280 plazas, y UP 4 “Colonia Penal Granja Yatay), con capacidad para 50 internos; Una de mujeres (UP 3 “Instituto Pelletier”), con capacidad para alojar a 60 internas; Una de procesados (UP 6 “Cárcel de Procesados Varones “Gral José de San Martín”), con capacidad para 200 detenidos; Un Centro de Contención de Menores (UP 2), con capacidad para alojar 50 internos; y una Escuela de Cadetes DR. Lisandro Segovia (UP 5) Interesa para esta comunicación explicitar en cifras movimiento de internos en dichas unidades prisionales:

 Así, en la UP 1 hubieron, desde Enero a Diciembre/12: 453, 468, 457, 459, 464, 458, 473, 467, 472, 471, 472, 470, convictos; en la UP 4, mismo periodo: 35, 41, 45, 48, 49, 50, 59, 51, 53 56, 56, 56, condenados; la UP 3, mismo periodo: 29, 30, 29, 29, 30, 28, 29, 26, 28, 30, 29, 29, casi en su totalidad condenadas, porque también allí están alojadas algunas procesadas; la UP 6, mismo periodo: 269, 293, 290, 272, 280, 276, 279, 274, 270, 258, 265 y 276, imputados no procesados y procesados.-
En el curso del primer semestre de este año, con referencia al año precedente, las tasas de penalización y detenciones cautelares han aumentado; así: en la UP 1, desde Enero a Junio/13: 478, 471, 480, 475, 474, 474; en la UP 4: 56, 56, 55, 56, 55, 53, resulta importante no perder de vista que en esta unidad se alojan condenados que gozan de confianza del SP y próximos a la externación, (provienen de la UP 1), cuyos ingresos no aumentaron, lo que evidencia políticas de “mano dura” –“para hacer saber alto y fuerte que la prisión funciona”, del mismo artículo de Garlan que refiere los dichos del Ministro del Interior inglés Michel Howard- de parte de la autoridad de ejecución penal (con la misma lógica, “la determinación judicial de la pena no es inderogable; depende del SP quienes pueden disminuirla, aumentarla, agravarla o atenuarla”, Pavarini, 2.009; y los penitenciarios tiene más poder que un juez de sentencia penal, Taylor, Walton y Young, 1.973, Lee y Young, 1.983; y del informe del GIP -Grupo de Informes de Prisiones-, formado y reportado por Foucault en su entrevista con Geneviere Armleder: “Percibo lo intolerable”, 1.971; Richards Sparks, clase del 27/04/12 para maestrandos de la UNL) En igual periodo, en la UP 6: 256, 276, 287, 300, 292, 294, con lo que se corrobora, en el proceso de criminalización secundaria, la pulsión detentiva de jueces y fiscales de instrucción y de la única cámara en lo criminal de apelaciones que existe (pero no por ello “funciona”) en la provincia, con la consecuente contra legem prisión preventiva como regla de coerción personal, entre otros conceptos y categorías criminológicas que dan cuenta acabada del fenómeno; en idéntica dimensión temporal, en la UP 3: 31, 30, 30, 30, 27, 27; con lo que claramente se valida la preferencia de encierro en relación con otras alternativas garantizadoras de cumplimiento de comparencia y/o con la determinación judicial del castigo ex post reproche penal.-
¡ Y todo ello ante una población de aproximadamente 350.000 habitantes en la ciudad capital y un total de poco más de 1.250.000 en toda la provincia ! Aclaro que soy consciente de esta mirada ciclópea, no escrute cómo era antes entre otras tantas cosas, cifras pretéritas al periodo denunciado, con lo que este “introito/borrador” no supera su ya restringido significado.-

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viernes, 19 de julio de 2013


“JESUS JAVIER P/ ROBO CON ARMA. CAPITAL”



En la ciudad de Corrientes, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a los once días del mes de Marzo del año dos mil ocho, se reúne y se constituye el Tribunal en la Sala de Acuerdos de ésta Excelentísima Cámara en lo Criminal N° 2, el Señor Presidente Dr. EDUARDO G. PANSERI, conjuntamente con la Dra. MARIA ELISA MORILLA  y el Dr. LUIS ANGEL GODOY PRATS, todos ellos asistidos por la Señora Prosecretaria Autorizante Dra. SHEYLA B. TROIA, con el objeto de dictar Sentencia en la causa caratulada: Expte. Nº 7417 “JESUS JAVIER P/ ROBO CON ARMA. CAPITAL”, estando presente el Señor Fiscal Sustituto de Cámara Dr. RAFAEL ESCARLON, por la Defensa el Dr. LUIS ALBERTO ZÁRATE del imputado JESUS JAVIER, D.N.I. Nº 33.418.194, alias “Javi”, de 20 años, nacionalidad argentina, estado civil soltero – concubino (con dos hijos) de ocupación machetero, con estudios primarios hasta cuarto grado, nacido en Corrientes Capital el 07/11/87, (no recuerda su año de nacimiento) con domicilio en B° San Antonio Este 112 Viv. Mz. “G”, Casa N° 5, hijo de Celestina Aguirre (V) y de Raúl Alberto Galarza (V).

Seguidamente el Tribunal tomó en consideración las siguientes cuestiones:

C U E S T I O N E S


         PRIMERA: ¿Están probados los hechos y la autoría del imputado?.

         SEGUNDA: ¿Está probada la responsabilidad penal del procesado, y en su caso que calificación legal le corresponde aplicar?.

         TERCERA: ¿Qué pena debe imponerse y procede la aplicación de costas?.

martes, 18 de junio de 2013

Expte. Nº 7286 “GASTON HORACIO P/ HOMICIDIO. CAPITAL”



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PI5 58330/6
"MONTENEGRO GASTON HORACIO, SOTELO NATALIA SOLEDAD P/SUP. HOMICIDIO. CAPITAL""


En la ciudad de Corrientes, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a los catorce días del mes de Febrero del año dos mil ocho, se reúne y se constituye el Tribunal en la Sala de Acuerdos de ésta Excelentísima Cámara en lo Criminal N° 2, el Señor Presidente Dr. EDUARDO G. PANSERI, conjuntamente con la Dra. MARIA ELISA MORILLA y el Dr. LUIS ANGEL GODOY PRATS, todos ellos asistidos por la Señora Prosecretaria Autorizante Dra. CORINA SPHOLIANSKY, con el objeto de dictar Sentencia en la causa caratulada: Expte. Nº 7286 “MONTENEGRO GASTON HORACIO P/ HOMICIDIO. CAPITAL”, estando presente el Señor Fiscal de Cámara Sustituto Dr. RAFAEL ESCARLON, el Señor Querellante, Dr. RICARDO SOSA y por la Defensa el Sr. Defensor Oficial Dr. SANTIAGO GIL IGLESIA del Imputado GASTON HORACIO MONTENEGRO, alias “Gato”, de 23 años de edad, DNI Nº 37.064.286, de nacionalidad argentina, de estado civil soltero, analfabeto, de profesión albañil - chapista, nacido en la ciudad de Corrientes Capital el día 21/08/84, con domicilio en B° Loma Linda, 36 Viviendas, Sector G, Casa 15 de esta ciudad, hijo de Vicente Horacio Montenegro (v) e Irma Isabel Romero (v).

Seguidamente el Tribunal tomó en consideración las siguientes cuestiones:

C U E S T I O N E S


Expte. Nº 6956 “ROGELIO ABEL P/ SUP. HOMICIDIO CULPOSO. CAPITAL”



En la ciudad de Corrientes, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a los diecinueve días del mes de Febrero del año dos mil ocho, se reúne y se constituye el Tribunal en la Sala de Acuerdos de ésta Excelentísima Cámara en lo Criminal N° 2, el Señor Presidente Dr. EDUARDO G. PANSERI, conjuntamente con la Dra. MARIA ELISA MORILLA y el Dr. LUIS ANGEL GODOY PRATS, todos ellos asistidos por la Señora Prosecretaria Autorizante Dra. SHEYLA BEATRIZ TROIA, con el objeto de dictar Sentencia en la causa caratulada: Expte. Nº 6956 “GAUTO, ROGELIO ABEL P/ SUP. HOMICIDIO CULPOSO. CAPITAL”, estando presente el Señor Fiscal de Cámara Sustituto Dr. RAFAEL ESCARLON, el Señor Querellante, Dr. EDGARDO RAUL ROJAS y por la Defensa el Dr. GUSTAVO PEDERSEN del imputado ROGELIO ABEL GAUTO, D.N.I.N° 25.500.741, de 31 años de edad, de nacionalidad argentina, de estado civil casado, estudios secundarios incompletos, de profesión administrativo, nacido en la localidad de General San Martín, Provincia del Chaco el 30/08/76, con domicilio en calle Barranquera 2944 del B° Juan de Vera de esta ciudad, hijo de Miguelina Gauto (v).

Seguidamente el Tribunal tomó en consideración las siguientes cuestiones:

C U E S T I O N E S

Expte. Nº 6760 “SERGIO LUIS P/ LESIONES GRAVES - CAPITAL”



En la ciudad de Corrientes, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a los veintidós días del mes de Mayo del año dos mil siete, se reúnen y se constituyen el Tribunal en la Sala de Acuerdos de ésta Excelentísima Cámara en lo Criminal N° 2, el Señor Presidente Dr. EDUARDO G. PANSERI, conjuntamente con la Dra. MARIA ELISA MORILLA y el Dr. LUIS ANGEL GODOY PRATS, todos ellos asistidos por la Señora Prosecretaria Autorizante Dra. SHEYLA BEATRIZ TROIA, con el objeto de dictar Sentencia en la causa caratulada: Expte. Nº 6760 “BLANCO SERGIO LUIS P/ LESIONES GRAVES - CAPITAL”, estando presente el Señor Fiscal de Cámara Sustituto Dr. RAFAEL ESCARLÓN y por la Defensa el Señor Defensor Oficial Dr. ROBERTO GIL IGLESIA del Imputado SERGIO LUIS BLANCO, de 34 años de edad, de ocupación chofer, de nacionalidad argentina, de estado civil soltero concubino, nacido en Corrientes Capital el día 01/05/73, DNI 23.076.379, con domicilio en Avenida Armenia 4815 de ésta ciudad, con instrucción secundaria incompleta, hijo de Valentín Rodolfo Blanco (v) y de Blasia Zulema Miño (v).

Seguidamente el Tribunal tomó en consideración las siguientes cuestiones:

C U E S T I O N E S



JOSE OSCAR P/ ABUSO SEXUAL AGRAVADO CON ACCESO CARNAL Y DOBLEMENTE AGRAVADO - CAPITAL



En la ciudad de Corrientes, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, el diez del mes de Mayo del año dos mil siete, se reúne y se constituye el Tribunal en la Sala de Acuerdos de ésta Excelentísima Cámara en lo Criminal N° 2, el Señor Presidente Dr. EDUARDO G. PANSERI, conjuntamente con la Dra. MARIA ELISA MORILLA y el Dr. LUIS ANGEL GODOY PRATS, todos ellos asistidos por la Señora Prosecretaria Autorizante Dra. SHEYLA BEATRIZ TROIA, con el objeto de dictar Sentencia en la causa caratulada: Expte. Nº 6702 “RAMIREZ JOSE OSCAR P/ ABUSO SEXUAL AGRAVADO CON ACCESO CARNAL Y DOBLEMENTE AGRAVADO - CAPITAL”, estando presente el Señor Fiscal de Cámara Sustituto Dr. RAFAEL ESCARLÓN, por la Defensa la Dra. PERLA NANCY CENTURIÓN y la Asesora de Menores Subrogante Dra. GLADYS BARRIOS RAMÍREZ, en el que se encuentra imputado el ciudadano JOSE OSCAR RAMÍREZ, alias “Petaco”, D.N.I. Nº 10.034.902, de 54 años de edad, de ocupación mecánico, nacionalidad argentina, estado civil casado y actualmente en concubinato, nacido en la localidad de Santa Lucía - Corrientes el 08/07/53, con instrucción primaria completa, domiciliado en el Bº Loma Linda calle Pitágoras y Francia S/N de esta ciudad, hijo de José María Ramírez (f) y Tomasa Inocencia Leguizamón (f).

Seguidamente el Tribunal tomó en consideración las siguientes cuestiones:

C U E S T I O N E S

lunes, 17 de junio de 2013


Expte. Nº 6533 “ MARIO HUGO P/ TENT. DE HOMICIDIO CALIFICADO., DIEGO DANIEL P/ ROBO CON ARMA. CAPITAL”



En la ciudad de Corrientes, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a los veintiséis días del mes de Febrero del año dos mil siete, se reúnen y se constituyen en Tribunal en la Sala de Acuerdos de ésta Excelentísima Cámara en lo Criminal N° 2, el Señor Presidente Dr. EDUARDO G. PANSERI, conjuntamente con el Dr. LUIS ANGEL GODOY PRATS y la Dra. MARIA ELISA MORILLA, todos ellos asistidos por la Señora Prosecretaria Autorizante Dra. SHEYLA BEATRIZ TROIA, con el objeto de dictar Sentencia en la causa caratulada: Expte. Nº 6533 “SEGOVIA, MARIO HUGO P/ TENT. DE HOMICIDIO CALIFICADO. ROMERO, DIEGO DANIEL P/ ROBO CON ARMA. CAPITAL”, estando presente el Señor Fiscal Sustituto de Cámara Dr. RAFAEL ESCARLON y por la Defensa Oficial la Dra. GRACIELA SCHIFFO, en el que se encuentran imputados los ciudadanos MARIO HUGO SEGOVIA, alias “Negraje”, D.N.I. Nº 29.672.878, de 24 años de edad, de nacionalidad argentina, de estado civil soltero, nacido en Corrientes Capital, el día 17/11/82, con domicilio en calle Saavedra y General Paz Nº 1860 - ciudad, con instrucción primaria, hijo de María Esther Escalante (v) y de Víctor Antonio Segovia (f) y DIEGO DANIEL ROMERO, alias “Chorizo”, D.N.I.Nº no se acuerda, de 20 años de edad, de nacionalidad argentina, de estado civil soltero, nacido en Corrientes Capital el 03/06/86, con escolaridad de cuarto grado primaria, con domiciliado en Bº Loma Linda, Mz. 2, Casa Nº 11 - ciudad, hijo de Dorotea Soto (v) y de Víctor Daniel Romero (v). Seguidamente el Tribunal tomó en consideración las siguientes cuestiones:

C U E S T I O N E S


Expte. Nº 6526 “JACINTO P/ HOMICIDIO - SANTA ROSA”



En la ciudad de Corrientes, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a los catorce días del mes de Febrero del año dos mil siete, se reúne y se constituye el Tribunal en la Sala de Acuerdos de ésta Excelentísima Cámara en lo Criminal N° 2, el Señor Presidente Dr. EDUARDO G. PANSERI, conjuntamente con la Dra. MARIA ELISA MORILLA y el Dr. LUIS ANGEL GODOY PRATS, todos ellos asistidos por la Señora Prosecretaria Autorizante Dra. SHEYLA BEATRIZ TROIA, con el objeto de dictar Sentencia en la causa caratulada: Expte. Nº 6526 “MIÑO JACINTO P/ HOMICIDIO - SANTA ROSA”, estando presente el Señor Fiscal de Cámara Sustituto Dr. RAFAEL ESCARLON, y por la Defensa la Sra. Defensora Oficial Dra. GRACIELA SCHIFFO del Imputado JACINTO MIÑO, alias “Roque”, de 56 años de edad, DNI Nº 8.013.313, de nacionalidad argentina, de estado civil soltero, analfabeto, de profesión carpintero, nacido en la Tercera Sección – Santa Rosa - Departamento Concepción – Corrientes el día 11/09/49, con domicilio en Concepción - Corrientes, hijo de Isabel Miño (v) y de Marcos Lencina (f).

Seguidamente el Tribunal tomó en consideración las siguientes cuestiones:

C U E S T I O N E S



Expte. Nº 6470 “MARIANO JOSE P/ SUP. ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL - CAPITAL”



En la ciudad de Corrientes, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, el primer día del mes de Marzo del año dos mil siete, se reúne y se constituye el Tribunal en la Sala de Acuerdos de ésta Excelentísima Cámara en lo Criminal N° 2, el Señor Presidente Dr. EDUARDO G. PANSERI, conjuntamente con la Dra. MARIA ELISA MORILLA y el Dr. LUIS ANGEL GODOY PRATS, todos ellos asistidos por la Señora Prosecretaria Autorizante Dra. SHEYLA BEATRIZ TROIA, con el objeto de dictar Sentencia en la causa caratulada: Expte. Nº 6470 “SANCHEZ MARIANO JOSE P/ SUP. ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL - CAPITAL”, estando presente el Señor Fiscal de Cámara Sustituto Dr. RAFAEL ESCARLÓN, por la Defensa el Dr. MARTIRES VALLEJOS y la Asesora de Menores Subrogante Dra. LAURA LOPEZ, en el que se encuentra imputado el ciudadano MARIANO JOSE SANCHEZ, alias “Pocho”, D.N.I. Nº 27.189.379, de 37 años de edad, de ocupación ayudante de albañil, nacionalidad argentina, estado civil soltero, nacido el 20/04/69 en Corrientes - Capital, con instrucción primaria incompleta, domiciliado en el Bº Pirayuí 335 Vdas. Mz. R-2 Casa 10 de esta ciudad, hijo de Catalino Sánchez (v) y de Sixta Espíndola (v).

Seguidamente el Tribunal tomó en consideración las siguientes cuestiones:

C U E S T I O N E S


Expte. Nº 6267 “JUAN PABLO P/ SUP. DAÑO AGRAVADO – CAPITAL” y su acumulado “ JUAN PABLO P/ ROBO CON ARMAS - CAPITAL” Expte.Nº 6746.




En la ciudad de Corrientes, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a los treinta y un días del mes de julio del año dos mil siete, se reúnen y se constituyen el Tribunal, en la Sala de Acuerdos de ésta Excelentísima Cámara en lo Criminal N° 2, el Señor Presidente Dr. EDUARDO G. PANSERI, conjuntamente con la Dra. MARIA ELISA MORILLA y el Dr. LUIS ANGEL GODOY PRATS, todos ellos asistidos por la Señora Secretaria Autorizante Dra. SHEYLA B. TROIA, con el objeto de dictar Sentencia en la causa caratulada: Expte. Nº 6267 “ROMERO JUAN PABLO P/ SUP. DAÑO AGRAVADO – CAPITAL” y su acumulado “ROMERO JUAN PABLO P/ ROBO CON ARMAS - CAPITAL” Expte.Nº 6746, estando presente el Señor Fiscal de Cámara Sustituto, Dr. RAFAEL ESCARLON y por la Defensa la Sra. Defensora Oficial Dra. GRACIELA SCHIFFO por el imputado JUAN PABLO ROMERO, alias “Coton”, D.N.I.Nº 31.686.289, de 21 años de edad, de ocupación  albañil, de nacionalidad argentina, de estado civil soltero - concubino, nacido en Corrientes Capital, el día 10/07/85, con domicilio en calle Medrano y Cartagena al 4100 Bº La Olla de esta ciudad, con instrucción primaria, hijo de Pablo Romero (f) y de Ceferina Epifania Chamorro (v). Seguidamente el Tribunal tomó en consideración las siguientes cuestiones,

C U E S T I O N E S



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EL INDIVIDUO CONTRA EL ESTADO

Aquí les dejo para que puedan descargar un libro muy interesante, escrito por Herbert Spence, y publicado en 1.884.
CONTENIDO 
PREFACIO .............................................................................................................. 3
1. EL NUEVO CONSERVADURI SMO ................................................................. 4
2. LA ESCLAVITUD FUTURA ............................................................................... 17
3. LOS PECADOS DE LOS LEGISLADORES ................................ ................... 37
4. LA GRAN SUPERSTICIÓN POLÍTICA.............................................................. 64
5. POST SCRIPTUM.............................................................................................. 86